martes, 14 de junio de 2011
COMUNICADO FEDERACION DE FUTBOL DE MADRID
Participación de jugadores en entrenamientos o partidos con Clubes distintos al que pertenece con licencia en vigor.
Se recuerda la prohibición existente, establecida en el artículo 25 del Libro IV del actual Reglamento General de la Federación de Fútbol de Madrid, sobre la participación de jugadores en otros Clubes sin la autorización del Club actual.
Artículo 25
1.- Los jugadores inscritos a favor de un Club no podrán jugar ni entrenarse en equipos de otro, salvo que aquél otorgue su autorización expresa por escrito.
2.- Del incumplimiento de esta disposición serán responsables tanto el jugador como las personal del Club en el que indebidamente intervengan.
Con independencia de la responsabilidad en que incurrirían según lo establecido, el jugador o jugadores implicados quedarían al margen de la cobertura médica que su licencia le concede, no siendo, por tanto, atendidos por la Mutualidad de Futbolistas en caso de lesión.